Absuelven a diez personas arrestadas durante una concentración contra el campo de golf de Oyambre

 El pasado mes de noviembre culminó el proceso penal contra diez personas acusadas del derribo del vallado ilegal del campo de golf de Oyambre, en agosto de 1999.
El Juzgado de lo Penal Nº 2 de Santander ha absuelto a las diez personas acusadas. En la sentencia queda acreditada la ausencia de pruebas contra los acusados y que en todo caso la infracción habría prescrito por el paso del tiempo.

 

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Un lento y delirante proceso judicial

Este proceso no se puede entender sin conocer la situación de los terrenos donde está ubicada la valla. En abril de 2006 el Ministerio de Medio Ambiente aprobó un nuevo deslinde de la zona que determinaba que las dunas que ocupaban el campo de golf de Oyambre, pertenecían al dominio público. Por tanto, la valla origen del pleito, que se ubica dentro del sistema dunar, es actualmente de dominio público. Sin embargo, el proceso de expropiación forzosa iniciado hace un año no se ha culminado. Las dunas pertenecían en 1999 al constructor Manuel Rotella y posteriormente fueron traspasadas al grupo Silver Eagle –máximo accionista del Racing–, actual ocupante.

Además, en el momento de producirse los hechos, la instalación del vallado había sido denunciada por la Consejería de Obras Públicas de Cantabria por incumplir la Ley del Parque Natural. Posteriormente la Demarcación de Costas hizo lo propio por vulnerar las servidumbres de tránsito y acceso público al mar. Aunque a día de hoy ninguna de esas dos resoluciones se ha cumplido y la valla sigue en el mismo lugar.

Contradicciones en el juicio

Durante el juicio, el guardia civil firmante del atestado declaró que prácticamente no se acordaba de nada. Sin embargo, ratificó el atestado en todos sus términos, manteniendo la acusación contra los diez imputados. Además, reconoció que él y sus compañeros de patrulla no presenciaron la comisión de delito alguno, simplemente acudieron a la zona por la denuncia del gerente del campo de golf –el cual tampoco reconoció a los imputados– y allí identificaron a algunas personas porque les parecieron «sospechosos».

El ministerio fiscal solicita multa de 3.000 euros por cabeza y una compensación por los gastos de reparación de la valla. A lo que se suma la indemnización solicitada por la acusación particular.

Por su parte, la defensa solicita la libre absolución de los acusados y el pago de las costas a la acusación particular.

Para la defensa las irregularidades y contradicciones del proceso son evidentes. Por ejemplo, la identificación se produjo por su aspecto físico: «todos tenían el pelo largo». Además, tres de los imputados nunca fueron identificados en realidad, sino que se personaron en el cuartel para declarar a favor de uno de los ’retenidos’. O que, según la declaración del gerente del campo de golf, «no había ninguna mujer», sin embargo, tres de los imputados son mujeres. Los tres abogados de la defensa tienen claro que «no se ha practicado ninguna prueba de cargo» que afirme que los acusados son los autores materiales de los hechos que se les imputan”.

Por otro lado, no se han encontrado los utensilios -hachas, cizallas utilizados y «el valor de lo dañado no supera los 400 euros». Según uno de los abogados defensores: «Lo que dice el perito es un disparate, tres días para la reparación y un precio de mano de obra que equivale a ocho días de trabajo. Lo cual es una auténtica locura para desenrollar y clavar una tela metálica y once postes en un terreno de 135 metros». El valor de lo dañado no es un tema menor ya que la prescripción viene determinada por la tipificación de los hechos como delito o como falta, actualmente el límite está en 400 euros. La defensa interpreta, por ello, que estamos ante una «causa clara de prescripción».

Extraido de: «Diagonal Cantabria»

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