
El Supremo revoca la absolución de 8 acusados por el cerco al Parlament y les condena a 3 años.
Considera que la Audiencia Nacional cometió un «patente error» al no jerarquizar el derecho de representación política sobre el de manifestación
El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvía a los acusados del cerco al Parlament de Catalunya y ha condenado a ocho de ellos a tres años de cárcel por un delito contra las altas instituciones del Estado. Los magistrados no contradicen los hechos probados en la primera sentencia, pero consideran que la Audiencia Nacional incurrió en un «patente error» al no jerarquizar el derecho constitucional de participación política -en este caso la asistencia de los diputados a la Cámara- sobre el derecho a la protesta de los manifestantes.
El Alto Tribunal considera que los acusados contribuyeron a «reforzar la violencia e intimidación sufrida por los diputados autonómicos impidiéndoles el normal desarrollo de sus respectivas funciones representativas». Además, consideran que el lema de la manifestación contra los recortes que se iban a aprobar aquella jornada -‘Aturem el Parlament’- ya concretaba su propósito.
Fuente: Indymedia Barcelona.
El Supremo condena a 3 años de prisión a 8 indignados de Aturem el Parlament
La sentencia del alto tribunal no ha sido unánime, y tiene un voto particular contrario del magistrado Perfecto Andrés
Redactada con rapidez y a puño y letra del presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena. Así es la sentencia del Tribunal Supremo que revoca parcialmente las absoluciones por la acción de Aturem el Parlament el 15 de junio de 2011. Ocho de los indignados inculpados por aquellos hechos han sido condenados a tres años de prisión, las otras doce han quedado absueltas. El juez Perfecto Andrés había recibido el encargo inicial de redactar la sentencia, pero su enfoque que apunta a la absolución de todos no gustó a la mayoría de la sala y forzaron un relevo. La abogada Eva Labarta, que representa a uno de los encausados, asegura contundentemente: «Estamos ante una sentencia clarísimamente política». Sin embargo, es moderadamente optimista en relación a su desenlace final. «Es muy poco habitual que una sentencia del Supremo tenga un voto particular y eso es muy positivo de cara al recurso que se presentará ante el Tribunal Constitucional», considera Labarta.
El ingreso en prisión se podría suspender
En relación a cuándo se podrían ejecutar las penas de prisión pide cautela: «El Supremo no decide cuando se encarcela a nadie, ahora la sentencia volverá a la Audiencia Nacional, y será una sala de este órgano judicial quien deberá decidir, pero confío en que con la presentación de un recurso al Constitucional y añadiendo la existencia del voto particular, el ingreso en prisión de las ocho personas ahora condenadas quede en suspenso hasta que no haya resolución firme del Tribunal Constitucional». Cabe recordar que la decisión de recurrir la sentencia absolutoria inicial fue un acuerdo a cuatro bandas entre la Fiscalía, Manos Limpias, la Generalidad de Cataluña y el Parlamento de Cataluña. El consejero de la Presidencia, Francesc Homs, se mostró contundente hace un año: «No nos quedaremos con los brazos cruzados».
Fuente: Diagonal.



